Adjuntamos carta del Presidente del Club Náutico de Jávea informando sobre la decisión de que la Junta Directiva ha aprobado con carácter excepcional y por plazo limitado, admitir la solicitud para conseguir la condición de socio, de los hijos de socio de número que en su día no optaron por hacer socio a sus hijos en el momento determinado por los Estatutos Sociales:

La Junta Directiva ha aprobado que con carácter excepcional y por plazo limitado, admitir la solicitud para conseguir la condición de socio, de los hijos de socio de número que en su día no optaron por hacer socio a sus hijos en el momento determinado por los Estatutos Sociales.

Esta posibilidad se amplía a aquellos hijos de socio de número cuyo progenitor hubiera fallecido en los 10 años inmediatamente anteriores.

Para obtener la condición de socio, el aspirante deberá proceder al pago de la totalidad de las cuotas que hubiera debido abonar de haberse hecho socio en el momento estatutariamente contemplado, actualizándose las mismas conforme al IPC y además abonar un recargo o penalización del 20% sobre el monto total.

Les recordamos que en la actualidad la concesión administrativa del Club Náutico de Jávea sobre el espacio portuario que el mismo ocupa, está vencida y sometida a prórrogas mensuales.

Aunque esta Junta Directiva ha presentado la solicitud para la renovación por un periodo adicional de 11 años, no existe ninguna certidumbre sobre su concesión, con lo cual en caso de que el aspirante adquiera la condición de socio debe conocer la contingencia antes referida, y
asumirla plenamente.

El plazo para las solicitudes y abono de las cuotas pendientes terminará el día 30 de junio de 2020, sin posibilidad de prorrogas o aplazamientos, dado su carácter extraordinario.

Las personas interesadas en adquirir la condición de socio por el procedimiento referido, deberán contactar directamente con el Gerente del CNJ D. Luis Nogueroles en las oficinas del club o bien mediante el e-mail : lnogueroles@cnjavea.net

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